Encontrarnos tantas veces con la palabra
libre, además de despertar una alegría pícara, produce igualmente un cierto de
una cierta de desconfianza al saber que tal picardía del otro, cuando no está
fundamentada sobre cimientos éticos, puede llevar a unos a que trabajen por
conseguir solo beneficios individuales, violentando algunas veces la integridad
de los demás. Pues comprendamos que eso
sencillamente no sería libertad, sino maldad.
La libertad propuestas en la
constitución de este software, está más bien fundamentada en el desapego a las
grandes estructuras que van en busca de bonanzas individualistas, para proponer
avances tecnológicos en unidad social.
Pero vemos que tal trabajo social realizado por el bien de todos,
demostrado en la creación abierta de novedosos programas, chocan con la
desconsideración de algunos pocos que se pasan por encima el humilde
reconocimiento de tal labor a sus autores, pirateándolos, modificándolos sin
aviso y demás acciones.
Es por eso que se hizo necesaria la
presencia de una figura jurídica, que respetara los derechos que naturalmente
posee su autor, la cual es llamada Licencia.
Esta vamos a ver que por lo general se identifican con las letras CC y
eso es debía a que significan Creative Commons (bienes creativos comunes en
español), amparando por medio de ellos los términos para compartir sus
trabajos, mucho ojo, sin perder de vista los básicos derechos de autor.
Este derecho va a ser tenido en cuenta
por los usuarios de tales servicios, al momento de utilizar sus programas
propuestos, teniendo en cuenta las condiciones que sus artífices hayan escogido
colocarle, las cuales pueden ser:
*ATRIBUCIÓN: Se permite a
otros copiar, mostrar, distribuir y ejecutar el trabajo realizado y todos los
derivados del mismo, pero dando siempre testimonio de la autoría del mismo.
*NO
COMENRCIAL:
El cual da acceso al trabajo patentado y los derivados del mismo, pero
únicamente con propósitos no comerciales.
*SIN
DERIVAR:
Aplicado solo a copias literales del trabajo licenciado, no estando autorizado
ningún tercero a realizar trabajos derivados del mismo.
*COMPARTIR
IGUAL:
Admite a otros realizar trabajos derivados, pero únicamente bajo una licencia
idéntica. Este tipo de autorización, únicamente aplica a obras derivadas.
Estas condiciones, al ser combinadas, generan un grupo de seis licencias que son las que vieron anteriormente en la imagen, las cuales se muestran en tres formas cuando las obtenemos, siendo estas:
*Commons
Deed:
Que es un resumen humano legible del texto legal, con los iconos relevantes.
*Legal
Code:
Indica el código legal completo en donde se muestra los fundamentos de la
licencia que has escogido.
*Digital
Code:
El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores
de búsqueda y otras aplicaciones identifiquen tu trabajo y sus condiciones de
uso.
Todo lo anterior nos reafirma que cuando
se habla de software libre, no se está proponiendo cargar y sobrecargar el
computador con más material, sino crear y proponer material que nos cargue a
nosotros de más competencias para crear sociedad reconociendo no solo la
presencia sino el valor y trabajo de los otros.
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